Registro Especial de Usuarios
de Sustancias Químicas Controladas 
    

Ingreso al sistema  
Usuario  
Clave  
  Presione

Código de Seguridad   
 

 

 

Estimados Sres. Usuarios del Registro Especial de Usuarios de Sustancias Químicas Controladas, REUSQC. Presente

Con motivo de la migración del REUSQC al Ministerio del Interior y Seguridad Pública, solicitamos considerar la siguiente información, que es fundamental para validar las Prenotificaciones de Importación / Exportación (comunicaciones) que ustedes realizan con nosotros, esto es, deben adoptar las medidas necesaria para que puedan recepcionar los correos y anexos provenientes de: soporte_quimicos@interior.gob.cl o soporte_quimicos@interior.gov.cl

Cada vez que ustedes realizan una comunicación de importación/exportación, como contrapartida el REUSQC luego de la evaluación correspondiente, genera una respuesta que va al correo identificado y declarado por cada empresa. Si no recepcionan esta respuesta no podrán declarar movimiento de inventario por importación /exportación al mes siguiente.

En caso de dudas contactar quimicos@interior.gov.cl o al fono 02-6945351.

Saludos cordiales
Registro REUSQC

Noticias

Of. Ord. Nº 1792 de 17/11/2010 del Jefe de Área de Control, CONACE, Ministerio del Interior, que establece un plazo único para todas las empresas para realizar las comunicaciones de Importación y Exportación, Lista I y II, como se indica. Lista III no tiene cambios.

Of. Ord, Nº 1850 de 23/11/2010 del Jefe Área de Control, CONACE,  del Ministerio del Interior, que en lo principal amplía el plazo para que las empresas informen mensualmente el movimiento de inventario.

Este plazo regirá a contar del 1º de diciembre de 2010 y se hace extensivo a todas las empresas inscritas y aceptadas en el Registro Especial de Usuarios de Sustancias Químicas Controladas, REUSQC.